COBROS ILEGALES Y DENUNCIAS PENALES INFUNDADAS E  INMOTIVADAS DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD (C.F.E)

COBROS ILEGALES Y DENUNCIAS PENALES INFUNDADAS E INMOTIVADAS DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD (C.F.E)

COBROS ILEGALES Y DENUNCIAS PENALES INFUNDADAS E INMOTIVADAS DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD (C.F.E)

Bufette en fiscal y administrativo S.C

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La Comisión Federal de Electricidad (C.F.E.) ha desencadenado un agresivo y violento programa de VISITAS DE VERIFICACIÓN a los medidores de Luz. Ello para corroborar que los usuarios de casas; de negocios o empresas: no la estén robando o estafando; ilícita y prohibidamente.

La Ley de la Industria Eléctrica; el Reglamento de dicha Ley. El Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Electricidad: autorizan y permiten que los funcionarios y servidores públicos de la Comisión Federal de Electricidad ( C.F.E): practiquen dichas VISITAS DE VERIFICACIÓN; cobren diferencias de consumo eléctrico mediante resoluciones definitivas denominadas “PAGO DE AJUSTE A LA FACTURACIÓN”. Incluso puedan formular denuncias y/o querellas ante la Procuraduría General de la República; para que los culpables sean procesados penalmente y castigados con cárcel y multa. Por así ordenarlo el artículo 368 fracción II y 370 del Código Penal Federal que dicen:

“Artículo 368.- SE EQUIPARAN AL ROBO y se castigarán como tal:

II.- El uso o aprovechamiento de ENERGÍA ELÉCTRICA, magnética, electromagnética, de cualquier fluido, o de cualquier medio de transmisión, sin derecho y sin consentimiento de la persona que legalmente pueda disponer de los mismos…”

“Artículo 370.- Cuando el valor de lo robado no exceda de cien veces el salario, se impondrá hasta DOS AÑOS DE PRISIÓN y multa hasta de cien veces el salario.

Cuando EXCEDA de cien veces el salario, pero no de quinientas, la sanción será de dos a CUATRO AÑOS DE PRISIÓN y multa de cien hasta ciento ochenta veces el salario.

Cuando exceda de quinientas veces el salario, la sanción será de cuatro a DIEZ AÑOS DE PRISIÓN y multa de ciento ochenta hasta quinientas veces el salario.”

La actuación y proceder de los funcionarios y servidores públicos de la Comisión Federal de Electricidad ( C.F.E) en la práctica y ejecución de las VISITAS DE VERIFICACIÓN y cobro de ajustes: está siendo arbitraria; abusiva y notoriamente inconstitucional e ilegal. Se están pisoteando; menospreciando y transgrediendo palpable y manifiestamente los sublimes y respetables DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES de quienes usan la energía eléctrica.

Feliz y dichosamente nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes secundarias: instituyen y establecen la posibilidad de que los usuarios de la luz eléctrica, que resulten multados y denunciados penalmente, se pueden defender; se pueden proteger y resguardar ante los Tribunales Judiciales Administrativos; reclamar y demandar los abusos; atropellos e injusticias de que han sido objeto por parte de la Comisión Federal de Electricidad.

De la misma manera y además: la H Suprema Corte de Justicia de la Nación ha terminado por decidir y fallar: que los usuarios de la luz eléctrica que sean multados con “COBROS DE AJUSTES A LA FACTURACIÓN” o “DENUNCIADOS PENALMENTE” , pueden acudir en defensa de sus derechos ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Ello según tesis que dicen:

COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. CONTRA LOS ACTOS QUE EMITE EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA QUE OTORGA EN EXCLUSIVA, PROCEDE EL RECURSO DE REVISIÓN CONFORME A LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO O EL JUICIO DE NULIDAD ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, SIN PERJUICIO DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO CUANDO SE RECLAMEN NORMAS GENERALES [INTERRUPCIÓN DE LAS JURISPRUDENCIAS 2a./J. 167/2011 (9a.), 2a./J. 168/2011 (9a.), 2a./J. 43/2014 (10a.) Y 2a./J. 44/2014 (10a.) (*)].

AJUSTES EN LA FACTURACIÓN POR CONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EMITIDOS POR LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. SON IMPUGNABLES ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA.-

Por las atenciones que a la presente se sirva prestar mi agradecimiento y estimación.

ATENTAMENTE
LIC. y MF. DOCTOR RODOLFO ALCACIO CONTRERAS
R.R. FISCALISTAS S.C.
Especialistas en Derecho Público
Rosas Moreno # 407 Zona Centro CP 37370
Tel y Fax 01(477) 7-14-16-50 y 01(477)7-16-07-18
E-mail: lic_alcacio@hotmail.com
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